Imagen: Secretaría Educación Medellin
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En la resolución adjunta se fija el cronograma y se establecen todas las claridades para el proceso ordinario de traslados 2021 – 2022  de docentes y directivos docentes que realizará la Secretaría de Educación.

Sólo podrán solicitar traslado los docentes o directivos docentes nombrados en propiedad, que hayan prestado como mínimo tres (3) años de servicio continuos en el establecimiento educativo donde se encuentran ubicados.

Convocar al Proceso Ordinario de Traslados del Departamento de Antioquia, para la vigencia del año 2021 – 2022, que permita proveer las vacantes publicadas con el acto administrativo en la página web de la Secretaria de Educación de Antioquia- www.seduca.qov.co, para el cual se fija el siguiente cronograma

Los docentes que deseen trasladarse a otras Entidades Territoriales, deberán adelantar el proceso haciendo su solicitud ante la Entidad Territorial Certificada de su interés y de la forma en que dicha entidad lo tenga previsto, en todo caso en el marco de la normatividad legal vigente para estos casos.

Los Docentes y Directivos Docentes que se encuentren realizando la condonación del programa de Becas de Maestría o Doctorado, no podrán aplicar al proceso ordinario de traslados.

Del 16 al 30 de noviembre será la Inscripción de los docentes y directivos docentes al proceso 2021 ordinario de traslados y la Publicación de la lista de docentes y directivos docentes seleccionados para traslados, se conocerá del 13 al 17 de diciembre de 2021.

Las plazas a proveer en el proceso ordinario de traslados, serán publicadas en la página web: www.seduca.qov.coa partir
M 20 de octubre de 2021, de igual manera, se hará adición de ¡a información de las vacantes, con corte al 30 de octubre, del 2 al 5 de noviembre de 2021.

CONVENIOS DE TRASLADOS / PERMUTAS

Para conceder traslados entre entidades territoriales certificadas y permutas por la necesidad del servicio, teniendo en cuenta la
discrecionalidad del ente territorial, cuando se trate de una permuta, los aspirantes deberán estar inscritos en el mismo nivel yio área (Régimen 2277 de 1979 y Decreto ley 1278 de 2002 Estatuto Docente), así mismo ésta no será autorizada, si a uno de los dos solicitantes o permutantes, le falta cinco (5) años o menos de edad para alcanzar el retiro forzoso.


Las vacantes publicadas en el proceso de traslados serán susceptibles de modificación por los siguientes motivos: traslados que se generen con ocasión de situaciones de salud, reintegros por orden médica, reintegros por orden judicial, reporte de vacante inexistente para el siguiente año lectivo debidamente sustentada y avalada la información, por la Dirección de Permanencia Escolar o traslado por razones de seguridad, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.4.5.1.5 y en el Capítulo 2 del Decreto 1075 de 2015.

La divulgación del presente proceso se realizará del 21 de octubre al 12 de noviembre de 2021, en la página web de la Secretaría de Educación de Antioquia: www.seduca.gov.co.

Los criterios para la inscripción y toma de decisiones para el proceso de traslados (debidamente acreditados) para los establecimientos educativos diferentes a las escuelas normales, son los siguientes:

Los criterios para la inscripción y toma de decisiones para el proceso de traslados, para las vacantes definitivas de las Escuelas Normales Superiores (debidamente acreditados), son los siguientes:


Listado de plazas mayoritarias

Listado de plazas afrodescendientes

Listado de plazas etnoeducativas

34-Resoluciones – Traslados Antioquia 2021 -2022 by Asprilla César on Scribd

Por: César Asprilla “El Maestro”

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@EstudiantilRed
César Asprilla Fundador y Director de la REEA, Magister en Gestión de las Tecnologías Educativas. Fans Page https://www.facebook.com/ceasmu1/ Contacto: +57 3006928728