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La CNSC hizo público el 5 de noviembre los acuerdos Por el cual se convoca y se establecen las reglas del proceso de selección para proveer los empleos en vacancia definitiva de Directivos Docentes y Docentes pertenecientes al Sistema Especial de Carrera Docente, que prestan su servicio en instituciones educativas oficiales que atienden población mayoritaria de la entidad territorial certificada

El proceso de selección que se convoca mediante el presente Acuerdo, se regirá de manera especial por la Ley 115 de 1994, la Ley 715 de 2001, el Decreto Ley 1278 de 2002, el Decreto Ley 760 de 2005, la Ley 1033 de 2006, el Decreto Único Reglamentario 1075 de 2015 del Sector Educación, la Resolución No. 15683 de 2016 modificada por la Resolución No. 00253 de 2019, esto es, el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias para los cargos Docentes y Directivos Docentes y del Sistema Especial de Carrera Docente, lo dispuesto en este Acuerdo y su Anexo y por las demás normas que las adicionen, modifiquen o sustituyan. Así mismo, en caso de presentarse diferencias entre dicho Manual y la ley, prevalecerán las disposiciones contenidas en la norma superior.

Antes de dar inicio a la Etapa de Inscripciones, la convocatoria podrá ser modificada o complementada, de oficio o a solicitud de la entidad para la cual se realiza el proceso de selección, debidamente justificada y aprobada por la CNSC, y su divulgación se hará a través de los mismos medios utilizados desde el inicio.

Iniciada la Etapa de Inscripciones, la convocatoria sólo podrá modificarse en cuanto al sitio, hora y fecha de inscripciones y aplicación de las pruebas por la CNSC. Las fechas y horas no podrán anticiparse a las previstas inicialmente.

Las modificaciones relacionadas con la fecha de inscripciones o con las fechas o lugares de aplicación de las pruebas, se divulgarán en la página web www.cnsc.gov.co y/o enlace SIMO y por diferentes medios de comunicación que defina la CNSC, por lo menos con cinco (5) días hábiles de anticipación a la nueva fecha prevista.

Los aspirantes a participar en el presente proceso de selección, antes de iniciar su trámite de inscripción, deben tener en cuenta las condiciones establecidas.

SE ACUERDA

Convocar el proceso de selección para proveer de manera definitiva las vacantes de los empleos de Directivos Docentes y Docentes oficiales pertenecientes al Sistema Especial de Carrera Docente, que prestan su servicio en instituciones educativas oficiales que atienden población mayoritaria.

ESTRUCTURA DEL PROCESO

El presente proceso de selección tendrá las siguientes etapas:

a) Adopción del acto de convocatoria y divulgación.

b) Inscripción y publicación de admitidos a las pruebas.

c) Aplicación de la prueba de aptitudes y competencias básicas y la prueba psicotécnica.

d) Publicación de los resultados individuales de la prueba de aptitudes y competencias básicas, de la prueba psicotécnica, y atención de las reclamaciones que presenten los aspirantes.

e) Recepción de documentos, publicación de verificación de requisitos y atención de las reclamaciones que presenten los aspirantes.

f) Aplicación de las pruebas de valoración de antecedentes y de entrevista a los aspirantes que cumplieron requisitos mínimos para el cargo.

g) Publicación de resultados de las pruebas de valoración de antecedentes y de entrevista, y atención de las reclamaciones.

h) Consolidación de los resultados de las pruebas del concurso, publicación y aclaraciones.

i) Conformación, adopción y publicación de lista de elegibles.

El monto recaudado por concepto del pago de los derechos de participación, en cualquiera de los empleos ofertados (Docente o Directivo Docente) se cobrará el valor de un salario y medio mínimo legal diario vigente (1.5 SMLDV), tal como lo señala el artículo 9° de la Ley 1033 de 2006. Este pago se deberá realizar en la forma establecida en el artículo 12 de este Acuerdo y en las fechas que la CNSC determine, las cuales serán publicadas oportunamente en su página web www.cnsc.gov.co y/o el enlace de SIMO (https://simo.cnsc.gov.co/)

Los gastos de desplazamiento y demás gastos necesarios para asistir al lugar de presentación de las pruebas y la diligencia de acceso a pruebas, los asumirá de manera obligatoria directamente el aspirante.

REQUISITOS GENERALES DE PARTICIPACIÓN Y CAUSALES DE EXCLUSIÓN

Podrán participar en el concurso de docentes y directivos docentes, los ciudadanos colombianos que reúnan los requisitos señalados en el artículo 116 de la Ley 115 de 1994 y en los artículos 3º y 10 del Decreto Ley 1278 de 2002, así como en el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias, expedido por el Ministerio de Educación Nacional.

De otra parte, los requisitos generales que los aspirantes deben cumplir para participar en este proceso de selección y las causales de exclusión del mismo, son las siguientes:

Para participar en este proceso de selección se requiere:

1. Ser ciudadano(a) colombiano(a) mayor de edad.

2. Registrarse en el SIMO

3. Aceptar en su totalidad las reglas establecidas para este proceso de selección, al formalizar su inscripción a través de SIMO.

4. Cumplir con los requisitos mínimos del cargo que escoja el aspirante de la OPEC, de acuerdo con lo establecido en la Resolución No. 15683 de 2016 modificada por la Resolución No. 00253 de 2019, esto es, el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias para los cargos Docentes y Directivos Docentes y del Sistema Especial de Carrera Docente.

5. No encontrarse incurso dentro de las causales constitucionales y legales de inhabilidad e incompatibilidad o prohibiciones para desempeñar empleos públicos, que persistan al momento de posesionarse en el evento de ocupar una posición de elegibilidad como resultado del Proceso de Selección.

6. Los demás requisitos establecidos en normas legales y reglamentarias vigentes.

Son causales de exclusión de este proceso de selección:

1. Aportar documentos falsos o adulterados para su inscripción.

2. No ser ciudadano(a) colombiano(a) o ser menor de edad.

3. No cumplir o no acreditar los requisitos mínimos del empleo al cual se inscribe el aspirante, establecidos en el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias, con base en el cual se realiza este proceso de selección, trascritos en la correspondiente OPEC.

4. No presentar o no superar las pruebas de carácter eliminatorio establecidas para el proceso de selección.

5. Ser suplantado por otra persona para la presentación de las pruebas previstas en el concurso abierto de méritos.

6. Realizar acciones para cometer fraude u otras irregularidades en el proceso de selección.

7. Transgredir las disposiciones contenidas tanto en el presente Acuerdo y su Anexo como en los demás documentos que reglamenten las diferentes etapas del proceso de selección.

8. Conocer y/o divulgar las pruebas a aplicar en este Proceso de Selección

9. Presentarse en estado de embriaguez o bajo los efectos de sustancias psicoactivas a las pruebas previstas en este Proceso de Selección.

10. Renunciar voluntariamente en cualquier momento a continuar en este Proceso de Selección.

CRONOGRAMA PARA EL PAGO DE DERECHOS DE PARTICIPACIÓN E INSCRIPCIONES

El procedimiento para el pago de los Derechos de participación e Inscripciones se realizará según el siguiente cronograma:

Si antes de finalizar el plazo de inscripciones no se han inscrito aspirantes para uno o varios empleos o para alguno (s) se cuenta con menos inscritos que vacantes ofertadas, la CNSC podrá ampliar el plazo de inscripciones, lo cual se divulgará en oportunidad a los interesados en la página www.cnsc.gov.co, con las alertas que se generan en SIMO y en el sitio web de la entidad objeto del proceso de selección.

PRUEBAS A APLICAR, CARÁCTER Y PONDERACIÓN

Las pruebas a aplicar en el presente proceso de selección son las de aptitudes y competencias básicas y la psicotécnica; la de valoración de antecedentes y entrevista. La prueba de aptitudes y competencias básicas tiene por objeto valorar los niveles de conocimientos de la disciplina, habilidades, destrezas y aptitudes que demuestren los aspirantes del concurso público de méritos y estará orientada a la aplicación de los saberes adquiridos para ejercer debidamente el cargo de docente o directivo docente.

Por su parte, la prueba psicotécnica valorará las actitudes, habilidades, motivaciones e intereses profesionales de los aspirantes en la realización directa de los procesos pedagógicos o de gestión institucional y frente a las funciones del cargo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 4º, 5º y 6º del Decreto Ley 1278 de 2002 y en el Manual de Funciones, Requisitos y Competencias.

La Prueba de Valoración de Antecedentes tiene por objeto la valoración de la formación y de la experiencia acreditada por el aspirante, adicional a los requisitos mínimos exigidos para el empleo a proveer.

De otra parte, la Prueba de Entrevista permite valorar las competencias comportamentales de cada uno de los aspirantes según el cargo al cual se haya inscrito.

En este contexto, las pruebas que se aplicarán en este proceso de selección por méritos se regirán por los siguientes parámetros:

Las pruebas aplicadas o a utilizarse en esta clase de procesos de selección tienen carácter reservado. Sólo serán de conocimiento de las personas que indique la CNSC en desarrollo de los procesos de reclamación

La prueba de aptitudes y competencias básicas es la única prueba del proceso de selección que tiene un carácter eliminatorio, y su calificación mínima aprobatoria es de sesenta puntos de cien (60/100) para los docentes y de setenta puntos de cien (70/100) para directivos docentes. En este contexto, los aspirantes que no obtengan la calificación mínima aprobatoria no podrán continuar participando en el proceso de selección. Los resultados de los inscritos que superen la mencionada prueba, serán ponderados con base en el peso porcentual dentro del puntaje total del concurso, según lo señalado en la tabla anterior.

Plazas ofertadas por tipo de cargo

1757 | Coo – Coordinador
30 | Dir – Director Rural
899 | Rec – Rector
831 | Ori – Orientador
1871 | Pre – Preescolar
11386 | Pri – Primaria
3329 | Mat – Matemáticas
2201 | Cis – Ciencias Sociales
35 | Eco – Ciencias Económicas y Políticas
294 | Fil – Filosofía
3307 | Hum – Humanidades y Lengua Castellana
2233 | Ing – Idioma Extranjero Inglés
962 | Cie – iencias Naturales y Educación Ambiental
672 | Qui – Ciencias Naturales Química
619 | Fis – Ciencias Naturales Física
798 | Tec – Tecnología e Informática
1156 | Edu – Educación Física, Recreación y deporte
144 | ArD – Educación Artística – Danzas
315 | ArtM – Educación Artística – Música
500 | ArtA – Educación Artística – Artes Plásticas
46 | ArtE – Educación Artística – Artes Escénicas
346 | Rel – Educación Religiosa
301 | Eti – Educación Ética y Valores Humanos

Para conocer los acuerdo clic en Normatividad – 2150 a 2237 de 2021 Directivos Docentes y Docentes

El presente Anexo, hace parte integral de los Acuerdos del Proceso de Selección para Directivos Docentes y Docentes, contiene las especificaciones técnicas adicionales a las establecidas en tales Acuerdos para participar en este proceso. Los aspectos normativos que rigen cada una de sus etapas pueden ser consultados en el respectivo Acuerdo.

Anexo Especificaciones Proceso de Seleccion 2150 a 2237 de 2021 by Asprilla César on Scribd

Por: César Asprilla “El Maestro”
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César Asprilla Fundador y Director de la REEA, Magister en Gestión de las Tecnologías Educativas. Fans Page https://www.facebook.com/ceasmu1/ Contacto: +57 3006928728