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La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilito por 10 años al auxiliar administrativo, Michael Alexis Charry Apache, adscrito a la Institución Educativa Enrique Olaya Herrera de Neiva, por realizar acciones indebidas contra cuatro estudiantes del plantel educativo.

El ente de control comprobó que el investigado exhibió contenido pornográfico a las menores de edad, y vulneró la esfera íntima y personal de una de las estudiantes.

Para la Procuraduría Provincial de Neiva, Charry Apache quebrantó los principios y normas que rigen la conducta del servidor público al no tratar con respeto, a las menores de edad con quienes tenía relación por desempeñarse como funcionario en el plantel educativo, y no garantizar a los niños, niñas y adolescentes los derechos fundamentales a la vida e integridad física y moral.

Entre las normas incumplidas el Ministerio Público citó el artículo 226 del Código Penal denominado injuria por vías de hecho, al adelantar acciones deshonrosas contra menores de edad.

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La falta fue calificada como gravísima a título de dolo.

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César Asprilla Fundador y Director de la REEA, Magister en Gestión de las Tecnologías Educativas. Fans Page https://www.facebook.com/ceasmu1/ Contacto: +57 3006928728