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El gobierno Boyacá Grande inició el proceso explicativo para resolver las cientos de dudas, requerimientos e inquietudes que llegan a diario a la Secretaría de Educación sobre cómo se adelanta el proceso para asignación de plazas docentes para las instituciones educativas del departamento.

Al respecto, el secretario de Educación de Boyacá, Eddye Yarik Reyes Grisales, detalló a través de un video el procedimiento que realiza la entidad, ya que este tema es de interés para el magisterio y la ciudadanía en general.

El funcionario explicó que, el proceso de nombramiento viene desde el concurso de méritos organizado por la Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) del año 2022, el cual empezó a tener audiencias públicas desde el año pasado.

Normas nacionales rigen los nombramientos

Todo este proceso se rige por la Ley 105 de 1994, el Decreto 1075 de 2015 y las circulares 24 y 39 del 2023, emitidas por el Ministerio de Educación Nacional, donde se especifican temas relacionados con la vinculación de docentes provisionales. En consecuencia, no son normas que rigen el proceso en general, solo se aplican para docentes que sean nombrados en provisionalidad cuando ya no existe lista de elegibles.

De acuerdo con lo anterior, el proceso para acceder a las vacantes se realiza de la siguiente manera:

1. Lista de elegibles: En esta aparecen, en orden meritorio, todos aquellos docentes que por sus capacidades superaron el concurso docente ofertado en 2002 y la Secretaría de Educación realizó las audiencias públicas en 2023, en el que se convocaron 2.400 docentes, aproximadamente, que pasaron el concurso, pero muchos de ellos aplazaron, renunciaron o muchas veces ni se presentaron. Sin embargo, desde enero a mayo de 2024, se han posesionado 1.700 docentes que se han tenido desde las vacancias temporales como definitivas en la Secretaría de Educación del departamento.

2. Estabilidad reforzada: Las circulares Nº 24 y 39 hacen referencia a que, agotadas las listas de elegibles, se debe tener en cuenta a los docentes que estaban en provisionalidad y solicitaron un proceso de estabilidad reforzada, la cual tiene cuatro formas, que se denominan acciones positivas:

* Enfermedad catastrófica o algún tipo de discapacidad: Los docentes presentan su historial clínico y el médico laboral dictaminará, de acuerdo con la normativa vigente.

* Condición de pre-prensionado: Los docentes deben tener el tiempo requerido aproximadamente y tres años antes de pensionarse.

* Padre o madre cabeza de familia: Los docentes deberán presentar la documentación respectiva que acredite que no tienen un cónyuge que esté aportando dinero, ni sustento a sus hijos.

* Fuero sindical: Que para el caso de Boyacá no aplica.

3. Sistema maestro: Es la última instancia, por la cual la Secretaría de Educación solicita al Ministerio de Educación Nacional que se permita convocar a los docentes. En el mes de abril de 2024, se habilitó la plataforma para ofertar las primeras plazas a través de dicho aplicativo.

“Boyacá ha sido un departamento juicioso en temas de nombramientos, sin importar las circunstancias que se presenten como renuncias, no asistir a la audiencia, entre otros, que retrasan el trámite”, explicó el Secretario de Educación.

Desde esta sectorial se hace un llamado para los docentes que deseen ser parte de la Secretaría de Educación, a estar atentos a los comunicados e información que se publican a través de la página web: http://sedboyaca.gov.co/, o por medio del Sistema Maestro cuando se realice convocatoria y selección de la plaza. 

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César Asprilla Fundador y Director de la REEA, Magister en Gestión de las Tecnologías Educativas. Fans Page https://www.facebook.com/ceasmu1/ Contacto: +57 3006928728