GOBERNACIÓN DEBE NOMBRAR A UNO DE LOS GANADORES DEL CONCURSO DE MÉRITOS. / SEGUIMIENTO.CO
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Leonardo Javier Álvarez Alvis luego de este fallo de tutela espera por fin ser nombrado.

La Gobernación del Magdalena fue ordenada a efectuar el nombramiento de Leonardo Javier Álvarez Alvis, en periodo de prueba, del cargo de profesional universitario, conforme a la lista de elegibles que le fue remitida por la Comisión Nacional de Servicio Civil (Cnsc) en el ‘polémico’ concurso de méritos, así lo señaló el Juzgado Quinto Penal del circuito de Santa Marta, en un fallo de tutela. 

En los hechos de la tutela, se manifiesta que Álvarez Alvis participó en la convocatoria pública de méritos 2019 Boyacá, Cesar y Magdalena, de la Comisión Nacional del Servicio Civil, superando todas las etapas del proceso de selección, obteniendo una calificación de 74.89, que lo llevó a ocupar el primer lugar en el listado de elegibles para el cargo de profesional universitario en la Secretaría de Educación Departamental. El documento señala que en ese cargo existe solo una vacante.

Agrega que la Gobernación del Magdalena conformó y adoptó la lista de elegibles, la cual quedó en firme el 11 de marzo de 2022 al no haberse solicitado ninguna exclusión por parte de la Cnsc, por lo cual considera tiene un derecho adquirido.

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REEA

Resalta que, en la Resolución, en cumplimiento de lo señalado en el Decreto 1083 de 2015, se determinó que dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha en que la Lista de Elegibles quede en firme, deberían producirse por parte del nominador de la entidad, en estricto orden de mérito, los nombramientos en Período de Prueba que procedan, en razón al número de vacantes ofertadas.

Expone que la lista de elegibles le fue comunicada a la Gobernación del Magdalena por parte de la Cnsc el día 11 de marzo de 2022 a través de la plataforma Simo, por lo cual los 10 días siguientes a la fecha en que la Lista de Elegibles quedó en firme y fenecieron el día 28 de marzo de 2022, sin que dentro de tal oportunidad y hasta el día de la presentación de la acción de tutela, se le haya notificado por ningún medio el acto administrativo de nombramiento, conforme a las normas en cita, para lo cual advierte que para el nombramiento de su cargo no es necesaria la celebración de audiencia de escogencia de plazas del mismo, toda vez que solo se ofertó una.

Ante esto, el ganador del concurso expuso que el pasado 4 de abril radicó un derecho de petición en la Gobernación del Magdalena. “Se me notifique en el menor tiempo posible, de parte de la Gobernación del Magdalena, el acto administrativo de mi nombramiento en Periodo de Prueba”.

Indicó que ante la demora injustificada de la entidad accionada de efectuar los nombramientos de los elegibles, la Comisión Nacional del Servicio Civil a través de la Dirección de Vigilancia de Carrera Administrativa, emitió una alerta sobre nombramientos y posesiones Proceso de Selección No. 1137 a 1298 y 1300 a 1304 de 2019 Boyacá, Cesar y Magdalena, en la cual reiteró a las entidades territoriales implicadas las obligaciones legales que les asiste en esta materia.

En este sentido, el Juzgado Quinto Penal del circuito de Santa Marta resolvió en primer lugar amparar los derechos fundamentales de acceso a cargos públicos, igualdad, trabajo, mérito, debido proceso, mínimo vital, dignidad humana y confianza legítima, de Álvarez Alvis que fueron vulnerados por la administración departamental.

Igualmente, ordena a la gobernación, a través de su representante legal, que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la presente sentencia, proceda a efectuar el nombramiento al accionante Álvarez Alvis.

Este juzgado también ordena en contra del gobernador accionado (Carlos Caicedo) la compulsa de copias ante la Procuraduría General de la Nación, poniéndole en conocimientos estos hechos para que investigue su conducta omisiva en cumplir las normas del concurso de mérito que aquí se tutela.

Exhorta a Caicedo para que cumpla los plazos establecidos en el concurso de méritos denominado Convocatoria No. 1303 de 2019 – Territorial Boyacá, Cesar y Magdalena-, sin dilaciones injustificadas en ninguna de sus etapas.

Cabe recordar que en esta convocatoria se ofertaron cerca de 300 vacantes en los departamentos de Boyacá, Cesar y Magdalena en 2019. Sin embargo, en este departamento se han presentado inconvenientes para los nombramientos, por tal razón, este es un solo fallo de las tutelas que existen en los distintos juzgados por profesionales que esperan ser nombrados porque fueron ganadores del concurso. 

Fuente: Seguimiento

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César Asprilla Fundador y Director de la REEA, Magister en Gestión de las Tecnologías Educativas. Fans Page https://www.facebook.com/ceasmu1/ Contacto: +57 3006928728