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MinEducación ha establecido un diálogo con la Asociación Nacional  de Cajas de Compensación Familiar con el ánimo de validar la oferta de servicios de estas entidades y el acceso a la ruta de protección al cesante.

Para acceder al beneficio es necesario realizar la solicitud ante la Caja de  Compensación a la cual se encuentra afiliado por cuenta de la entidad territorial teniendo en cuenta las particularidades para ser beneficiario del mismo. Las cajas de compensación familiar son quienes administran el Fondo de Solidaridad y Fomento al Empleo y Protección al  Cesante, las cuales son responsables de entregar a los postulantes que cumplan con  los requisitos, los siguientes beneficios:

• Pago de salud y pensión calculado sobre 1 SMMLV

• Cuota monetaria

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REEA

• Capacitación para la reinserción laboral

• Incentivo po rahorro de cesantías

La cuota monetaria consiste en el pago una transferencia económicade 1.5 SMMLV para aquellos cotizantes de categoría a y b divididos en 4 cuotas decrecientes, seguridad social (salud y pensiones) sobre un (1) SMMLV e  incentivo por ahorro de cesantías, durante 6 meses en los términos de la Ley 1636 de 2013 y 2225 del 2022.  Para ello, el docente debe acercarse a la caja de compensación con los siguientes documentos:

  • Certificación de cesación laboral.
  • Copia de cédula de postulante.
  • Diligenciar el formulario de postulación establecido por la Caja de compensación en la que este afiliado.

Requisitos para acceder al subsidio de desempleo:

1.Que su situación laboral haya terminado por cualquier causa y no cuente con  ninguna fuente de ingresos.

2.Que hayan realizado aportes durante un año, continuo o discontinuo, a una  Caja de Compensación Familiar en el transcurso de los últimos tres años para el caso de los trabajadores dependientes.

3. Inscribirse en cualquiera de los servicios de empleo autorizados pertenecientes a la Red de Servicios de Empleo y desarrollar la ruta hacia la búsqueda de empleo.

4. Estar inscrito en programas de capacitación y re-entrenamiento en los  términos dispuestos por la reglamentación que expida el Gobierno Nacional.

5. Para tenerderecho al incentivo monetario por el ahorro voluntario de sus cesantías, quienes devenguen hasta dos SMMLV deberán haber ahorrado como  mínimo el 10% del promedio de su salario mensual del último año. Para quienes  devenguen más de 2SMMLV el ahorro mínimo deberá ser de 25%.

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