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Podrán postularse a partir de este 27 de marzo, conozca acá como será el proceso y si puede aplicar.

A través de la Agencia Pública de Empleo el Servicio Nacional de Aprendizaje ha abierto la convocatoria de nombramientos provisionales 2023, esto en cumplimiento con la Ley 909 de 2004 y el decreto 1083 de 2015 que señalan que en el evento que no sea posible proveer un empleo vacante de carrera administrativa mediante encargó, podrá ser provisto mediante nombramiento provisional.

Las postulaciones están abiertas desde este lunes 27 de marzo y estarán disponibles hasta el próximo miércoles 29 de marzo de 2023, teniendo disponibles tres tipos de orden de selección.

El primer orden de selección será de jóvenes entre 18 y 28 años, el segundo personas que reportaron causal de protección especial, que fueron retiradas con ocasión a la provisión definitiva de los empleos y que continúen con situación especial y la tercera población mayor de 28 años.

¿Qué es un nombramiento provisional?

De conformidad con lo señalado en el artículo 25 de la Ley 909 de 2004 y artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.3 del Decreto 648 de 2017, así como lo conceptuado por el Departamento Administrativo de la Función Pública a través de Concepto 21171 de 2019, los nombramientos provisionales son:

“(…) una forma EXCEPCIONAL y TRANSITORIA de proveer temporalmente los cargos vacantes de carrera administrativa, una vez agotado el derecho preferente de encargo, con personas que no fueron seleccionada mediante el sistema de mérito con fundamento en unas causales específicamente señaladas en la norma”.

En otras palabras, si un cargo de carrera administrativa que se encuentra en vacancia definitiva (no hay nadie nombrado en carrera administrativa) o vacancia temporal (porque el titular de carrera se encuentra en una situación administrativa), y una vez agotado el derecho preferente de encargo no hay empleados de carrera administrativa que cumplan con los requisitos para ser encargados, se podrá nombrar en provisionalidad a una persona que no haya sido seleccionada mediante el sistema de mérito (concurso en la Comisión Nacional del Servicio Civil) de manera excepcional y transitoria.

¿Hasta cuando podría estar nombrado en provisionalidad?

El término de duración para los casos en donde la vacante es definitiva, podrá extenderse hasta el nombramiento en período de prueba por el sistema de mérito, en la respectiva vacante; en los casos en donde la vacante es temporal, hasta cuando finalice la situación administrativa del titular del cargo que dio origen a la provisión transitoria; o por resolución motivada en cualquier tiempo.

¿A quién va dirigida la convocatoria?

A toda la ciudadanía que se encuentre interesada

¿Cómo me pueden nombrar de manera provisional en el SENA?

Siguiendo el procedimiento de la Guía Código GTH-G-023 Versión 01, el cual da cabal cumplimiento a lo ordenado por el Artículo 25 de la Ley 909 de 2004, Artículos 2.2.5.3.1 y 2.2.5.3.3 del Decreto 648 de 2017, de manera resumida el procedimiento se estructura así:

1.       Fase de planeación

En esta fase se deberán reportar las vacantes a proveer con nombramientos provisionales por parte del Grupo Regional de Gestión del Talento Humano, las cuales se consolidarán y validarán por el Grupo de Relaciones Laborales de la Secretaria General.

En un primer momento se publican las vacantes preliminares consolidadas y validadas, con el fin que los Grupos Regionales de Gestión del Talento Humano verifiquen si en dicho listado se encuentran todas las vacantes.

Terminado este proceso, se realiza la publicación final de las vacantes a proveer con nombramientos provisionales y se habilita el sistema de la Agencia Pública de Empleo para que las personas puedan postularse a través de este aplicativo web.

2.       Fase de convocatoria pública

Las personas interesadas en participar en la convocatoria de Nombramientos Provisionales se podrán inscribir en la Agencia Pública de Empleo (APE) adjuntando la documentación requerida, de acuerdo con los requisitos exigidos en el Manual de Funciones del SENA https://www.sena.edu.co/es-co/sena/Paginas/manua-funciones.aspx para el respectivo cargo.

Además, deberán postularse al cargo en las fechas establecidas en el cronograma.

El SENA dará cumplimiento a lo señalado en el artículo 196 de la Ley 196 de la Ley 1955 de 2019, Decreto 1083 de 2015 y concepto 2021600090621 del 15 de marzo de 2021 del Departamento Administrativo de la Función Pública para los nombramientos provisionales:Jóvenes entre 18 a 28 años
Personas con situaciones especiales vigentes que hayan sido retiradas del SENA con ocasión de los nombramientos en carrera administrativa por concurso de méritos.
Demás personas postuladas en la APE, mayores de 28 años y sin las condiciones anteriores.

A partir de la anterior clasificación, el SENA procederá a verificar el cumplimiento de requisitos para el ejercicio del cargo.

3.       Fase de nombramiento

Verificado el cumplimiento de requisitos el SENA procederá a efectuar los nombramientos correspondientes.

Los Grupos Regionales de Talento Humano y el Grupo de Relaciones Laborales publicarán los actos administrativos en “Nombramientos y encargos del país”. Si no hay reclamaciones, se podrá dar posesión a la persona nombrada en provisionalidad de acuerdo con el calendario de nómina.

¿Cuáles son los requisitos?

Deberás inscribirte a través de la aplicación web de la APE, anexar todos los soportes de estudio y experiencia requeridos para el cargo al cual te quieres postular.

Es importante mencionar que la única forma de postulación en la presente convocatoria es a través de la plataforma de la APE; así mismo la única información que será tenida en cuenta para la verificación del cumplimiento de requisitos, será la aportada por cada interesado en la citada plataforma.

¿Quién realiza el nombramiento provisional?

Los respectivos gerentes públicos (subdirectores de Centro, directores regionales o Secretaria General), de acuerdo con las competencias delegadas en la Resolución 2529 de 2004, con apoyo de los Grupos Regionales de Gestión de Talento Humano o el Grupo de Relaciones Laborales.

Las personas que deseen participar lo deberán hacer a través de la página de la agencia pública de empleo, las postulantes deberán tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

a). Para aplicar al proceso de postulación, los participantes deben estar inscritos en la Agencia Pública de Empleo SENA. La inscripción en la APE se podrá adelantar a través del siguiente vínculo

https://ape.sena.edu.co/Paginas/Inicio.aspx

b). La postulación a la vacante ofertada solo podrá realizarse a través del aplicativo web de la Agencia Pública de Empleo del SENA – APE.

c). La habilitación de las vacantes para la postulación SÓLO ESTARÁ DISPONIBLE en la fecha establecida en el cronograma de la convocatoria.

d). Registrar su hoja de vida con todos los soportes que acrediten el cumplimiento de los requisitos para el respectivo empleo en la aplicación web de la Agencia Pública de Empleo del SENA.

e). En el evento en que ya tenga registrada la hoja de vida en la aplicación web de la Agencia Pública de Empleo del SENA – APE, debe actualizar la información conforme a los requerimientos del empleo al cual desea postularse y debe realizar el cargue de los documentos relacionados con Educación, Capacitación (certificaciones) y Experiencia laboral, ya que únicamente se tendrán en cuenta para la revisión de hoja de vida aquellos documentos que reposen en la aplicación web de la Agencia Pública de Empleo del SENA – APE.

f). Solo puede postularse a uno de los empleos ofertados. En caso de postularse a más de un cargo, solo se tendrá en cuenta la primera postulación.

En caso de tener alguna inquietud pueden acceder a los canales de atención y servicio al cliente por la página web del SENA:

https://sena.edu.co/es-co/transparencia/Paginas/nombramientos_provisionales_APE.aspx

Convocatoria Nombramientos Provisionales 2023 

La información podrá verificarse a través del siguiente enlace:

https://agenciapublicadeempleo.sena.edu.co/personas/Paginas/Convocatorias-Nacionales.aspx

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