La decisión fue adoptada por el Juzgado Tercero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías. El tutelante solicitaba la suspensión de la medida cautelar dictada en su contra por la Oficina de Control Disciplinario de la Alcaldía
El Juzgado Tercero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías, a cargo de la jueza Margarita Almanza Campo, negó el amparo de los derechos fundamentales al mínimo vital, derecho a la vida en condiciones dignas, al debido proceso y el derecho de los menores a vivir en condiciones dignas, rogados mediante apoderado a través de una tutela impetrada por el profesor Ricardo Manjarrez, suspendido del cargo de docente adscrito a la Secretaría de Educación Distrital, por la Oficina de Asuntos Disciplinarios de la Alcaldía.
En la tutela, el accionante pretendió que se le ampararán los derechos fundamentales vulnerados por lo que solicitó que se ordenara a la Oficina de Asuntos disciplinarios de la Alcaldía del Distrito de Santa Marta la suspensión de la medida cautelar provisional sin remuneración impuesta al tutelante, hasta tanto se resuelva la investigación disciplinaria en su contra, garantizando así su derecho a recibir un salario que le permita proveer a su familia.
Contra el profesor Manjarrez la Oficina de Asuntos Disciplinarios de la Alcaldía abrió un proceso disciplinario con base en quejas presentadas por estudiantes de la institución educativa San Francisco Javier, sobre presunta vulneración del derecho a la integridad personal y presunto acoso sexual por parte del docente, quejas que la institución certificó que se presentaron por parte de 3 estudiantes en las fechas del 20 de marzo y 10 de abril del presente año.
En el marco del inicio de la investigación el despacho distrital procedió a dictar la medida preventiva de suspensión del cargo del docente con base en la norma disciplinaria por lo que la jueza fundamentó su decisión en que la medida preventiva dictada en contra del tutelante por la oficina de la alcaldía es propia de la especialidad administrativa y un procedimiento idóneo y efectivo para el caso que se investiga, razón por la cual la acción de tutela es improcedente al no superar el análisis de subsidiaridad.
Cabe resaltar que este es el segundo caso en el que la tutela es negada por docentes, que son investigados disciplinariamente por distintos hechos cometidos presuntamente por docentes adscritos a la Secretaria de Educación distrital, entre ellos, presunto acoso sexual a estudiantes y falsificación de documentos públicos.