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La Asociación de Institutores de Antioquia (ADIDA), en su más reciente informe sindical, abordó tres temas clave para el magisterio colombiano: el pago de intereses a las cesantías, la prima de servicios y las horas extras. A continuación, se presentan los detalles más relevantes de cada uno de estos puntos.

Estos tres aspectos no solo representan compromisos económicos adquiridos, sino que son parte esencial de la estabilidad laboral y el reconocimiento de la labor docente. Su cumplimiento oportuno garantiza el acceso a recursos que permiten mejorar las condiciones de vida del profesorado, mientras que su incumplimiento genera incertidumbre, desgaste emocional y vulneración de derechos fundamentales. Por eso, su seguimiento riguroso y su claridad normativa resultan fundamentales para todo el cuerpo docente.

Intereses a las cesantías: aclaraciones y pasos a seguir

Desde finales de marzo, se inició el pago de los intereses a las cesantías de los educadores. Sin embargo, un número considerable de docentes no recibió dicho pago. Frente a esta situación, Fecode habilitó un enlace para recopilar información de los casos reportados y realizar la consulta directamente ante Fiduprevisora en Bogotá.

Tras esta gestión, Fiduprevisora respondió oficialmente a Fecode, y dicha información ha sido divulgada por los canales de comunicación del sindicato. Los docentes afectados deben consultar, con su documento de identidad, la razón de la omisión en el pago. Según la respuesta, pueden presentarse tres situaciones:

  1. Sucursal abierta: El docente debe reclamar el pago por ventanilla en la entidad bancaria indicada.
  2. En proceso de verificación: El caso está en revisión y aún no tiene fecha de pago definida.
  3. No registrado: El número de cédula no aparece en la base de datos del Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), por lo cual se debe validar la información y remitir correctamente el número de cédula.

Para los casos 2 y 3, se recomienda consultar el PQRS de Fomag o comunicarse con la línea telefónica habilitada. Esta gestión es fundamental para resolver cualquier novedad relacionada con el pago.

Prima de servicios: un derecho conquistado

ADIDA recordó que la prima de servicios fue una conquista lograda por el magisterio colombiano en el año 2013, gracias a la dirección de Fecode y la movilización de más del 80% del gremio docente durante un paro de tres días. Esta prima fue reconocida mediante el Decreto 1545 del 19 de julio de 2013.

Esta bonificación corresponde a medio salario o su proporcional, y se paga a quienes al 30 de junio hayan completado un año de labores continuas en la misma entidad territorial certificada por al menos 6 meses. También aplica de forma proporcional para quienes se retiren tras haber laborado ese tiempo mínimo.

El pago se realiza durante los primeros 15 días de julio, y la liquidación se calcula con base en los siguientes factores:

  • Asignación básica mensual
  • Auxilio de transporte
  • Prima de alimentación

Todos los docentes tienen derecho a esta prima, sin importar el tipo de vinculación. En cuanto a quienes han tenido cambio de entidad nominadora, se invita a leer el Decreto 1545 de 2013, en especial su artículo 5, donde se aclaran todos los detalles.

Horas extras: lineamientos actualizados

Ante las inquietudes recurrentes sobre el pago de horas extras, ADIDA recomendó leer cuidadosamente el Decreto Salarial 596 del 3 de junio de 2025, donde se explica de forma puntual cómo deben gestionarse estos pagos.

Es fundamental tener presente que, para que las horas extras sean pagadas por la entidad territorial:

  • Deben haber sido solicitadas por el rector del establecimiento educativo.
  • Deben estar previamente autorizadas por la entidad territorial correspondiente.
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César Asprilla Fundador y Director de la REEA, Magister en Gestión de las Tecnologías Educativas. Fans Page https://www.facebook.com/ceasmu1/ Contacto: +57 3006928728