Las entidades territoriales deben respetar el orden de mérito en la provisión de vacantes.
Por: César Asprilla «El Maestro»
La Comisión Nacional del Servicio Civil (CNSC) ha emitido la Circular Externa 2025RS036182, estableciendo directrices sobre la obligatoriedad de emplear las listas de elegibles vigentes en las audiencias públicas de selección para docentes y directivos docentes. Esta normativa aplica a los procesos de selección 2150 a 2237 del 2021 y a los procesos 23316 y 2406 del 2022.
La medida está dirigida a gobernadores, alcaldes y secretarios de educación de entidades territoriales certificadas, quienes deberán garantizar el cumplimiento del procedimiento para la provisión de vacantes en el sector educativo. Según lo establecido en el Decreto Ley 1278 de 2002, no está permitido realizar nombramientos provisionales o encargos en cargos para los cuales existan listas de elegibles vigentes.
Las vacantes a cubrir incluyen:
- Plazas convocadas en los procesos de selección.
- Cargos surgidos durante la ejecución de estos procesos.
- Vacantes generadas dentro del periodo de vigencia de las listas.
- Reemplazos temporales por situaciones administrativas de docentes titulares.
El artículo 15 del Decreto Ley 1278 de 2002 establece que no se pueden realizar nombramientos provisionales ni encargos en cargos de directivos docentes o docentes con vacante definitiva, siempre que existan listas de elegibles vigentes. En consecuencia, las entidades territoriales certificadas están obligadas a proveer tanto las vacantes definitivas como las temporales que surjan durante la vigencia de dichas listas, respetando estrictamente el orden de mérito.
Para garantizar la transparencia en el proceso de selección, las entidades territoriales deberán remitir el informe de la Oferta Pública de Empleos de Carrera (OPEC) a la CNSC al menos cinco días antes de la audiencia pública, utilizando el formato “REPORTE – OPEC” disponible en el portal web de la entidad. Tras su validación, este será publicado en la página de la CNSC, en el Sistema de Mérito y Oportunidad (SIMO) y en los sitios web de las entidades territoriales involucradas. Asimismo, se habilitará un formulario para que los ciudadanos puedan reportar posibles irregularidades en la selección.
Con esta medida, la CNSC reafirma su compromiso con la transparencia en la administración del talento humano en el sector educativo, asegurando que todas las vacantes sean asignadas en estricto orden de mérito.