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Proceso de Selección Entidades del Orden Nacional No. 2617 de 2024 – Nación 6”. La entidad responsable del presente proceso de selección es la CNSC quien podrá suscribir contratos o convenios interadministrativos para adelantar sus diferentes etapas con universidades públicas o privadas o instituciones de educación superior acreditadas por ella para tal fin.

Através del ACUERDO № 15 del 8 de febrero del 2024 Por el cual se convoca y se establecen las reglas del Proceso de Selección, en las modalidades de Ascenso y Abierto, para proveer empleos en vacancia definitiva pertenecientes al Sistema General de Carrera Administrativa de la planta de personal del MINISTERIO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES.

La entidad responsable del presente proceso de selección es la CNSC, quien en virtud de las disposiciones del artículo 30 de la Ley 909 de 2004, podrá suscribir contratos o convenios interadministrativos para adelantar sus diferentes etapas con universidades públicas o privadas o instituciones de educación superior acreditadas por ella para tal fin”.

NORMAS QUE RIGEN EL PROCESO DE SELECCIÓN.

El proceso de selección que se convoca mediante el presente Acuerdo, se regirá de manera especial por lo establecido en la Ley 909 de 2004 y sus Decretos Reglamentarios, los Decretos Ley 760 y 770 de 2005, la Ley 1033 de 2006, el Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015, las Leyes 1955 y 1960 de 2019, el Decreto 498 de 2020, las Leyes 2039 y 2043 de 2020, las Leyes 2113 y 2119 de 2021, el Decreto 952 de 2021, la Ley 2214 de 2022, el MEFCL vigente de la ENTIDAD, con base en el cual se realiza este proceso de selección, lo dispuesto en este Acuerdo y su Anexo y por las demás normas concordantes y vigentes sobre la materia.

Requisitos generales para participar en el Proceso de Selección en la modalidad Abierto:

  1. Ser ciudadano(a) colombiano(a) mayor de edad.
  2. Registrarse en el SIMO.
  3. Aceptar en su totalidad las reglas establecidas para este proceso de selección.
  4. Presentar en las fechas establecidas por la CNSC, las diferentes pruebas y demás actividades previstas para este proceso de selección, trascritos por la entidad en la correspondiente OPEC.
  5. No estar inscrito para un empleo ofertado en este Proceso de Selección en la modalidad de Ascenso.
  6. Cumplir con los requisitos mínimos del empleo seleccionado, los cuales se encuentran establecidos en el MEFCL vigente de la entidad que lo ofrece, con base en el cual se realiza este proceso de selección, trascritos en la correspondiente OPEC.
  7. No encontrarse incurso en causales de orden constitucional y/o legal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibiciones para desempeñar empleos públicos, que persistan al momento de posesionarse.
  8. No encontrarse incurso en situaciones que generen conflicto de intereses durante las diferentes etapas del presente proceso de selección y/o que persistan al momento de posesionarse.
  9. Los demás requisitos establecidos en normas legales y reglamentarias vigentes.

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César Asprilla Fundador y Director de la REEA, Magister en Gestión de las Tecnologías Educativas. Fans Page https://www.facebook.com/ceasmu1/ Contacto: +57 3006928728